lunes, 28 de febrero de 2011

1. [Familia] Repartos parciales del patrimonio

1. Consideraciones sobre repartos parciales del patrimonio

El empresario tiene participación accionaria mayoritaria en diversos negocios comerciales, industriales, inmobiliarios y de servicio.
Algunos de sus hijos participan en puestos directivos en los negocios de la familia, obteniendo remuneraciones importantes por su trabajo. Las hijas no laboran en las empresas y reciben ayudas económicas por parte del padre.
Conforme el tiempo avanza, el empresario se cuestiona si debe repartir en forma parcial algunos de sus bienes en vida o hasta cuando fallezca. También se pregunta: ¿Conviene que, cuando fallezca, todos mis hijos sean dueños en partes iguales de mis negocios, o bien, los reparto entre los miembros de la familia que sean afines? Sobre el particular no existe una respuesta general. Se tendría que evaluar el caso en forma particular y decidir conforme a las circunstancias.
Existe un precedente bíblico (Eclesiástico 33) relativo a la administración de los bienes, que menciona: “Jamás en tu vida cedas a otro lo que posees para que no suceda que, arrepentido, hayas de pedirle rogando que te lo devuelva porque mejor es que tus hijos hayan de recurrir a ti, que no el que tú hayas de esperar el auxilio de manos de tus hijos; y reparte tu herencia cuando estén para terminarse tus días”. El empresario deberá tomar en cuenta el referido precedente cuando piense repartir en vida una parte importante de su patrimonio.
No tendrá repercusiones de importancia si el reparto que nos ocupa es una parte pequeña, digamos un 20% ó 30% del patrimonio. Inclusive si es en efectivo, puede ayudar a los hijos a consolidar sus finanzas en los primeros años de su propio matrimonio.
El problema es repartir en vida la mayoría de las acciones de los negocios. No vaya a ser que los hijos no puedan con ellos y tengan que malbaratarlos.
Alguna vez, conversando con un empresario de la localidad, le escuché decir: “Estoy viviendo los últimos años que me quedan y estoy muy satisfecho con la labor que han desempeñado mis hijos en los negocios. Les aposté e invertí en ellos grandes cantidades de dinero en su preparación y en su Educación Superior y me han demostrado que, con su energía y juventud, han hecho crecer los negocios más de lo que yo lo hubiera hecho. Por tal razón, he decidido entregarles la totalidad de las acciones de los negocios en vida. Estoy seguro que duplicarán dicho patrimonio con su esfuerzo e inteligencia. Yo, en cambio, me quedo con el efectivo y propiedades suficientes para vivir cómodamente los días que me quedan en este mundo”. Coincido con el empresario en su forma de pensar, pero en realidad son pocos los casos de éxito que me ha tocado conocer como el que nos ocupa.
Cuando existen varios negocios de la familia, es conveniente tener una empresa Tenedora de Acciones que sea la propietaria de las acciones de todos los negocios de la familia. Al momento de repartir el patrimonio, sólo habría reparto de las acciones de la tenedora, evitando repartir acciones de muchos negocios que pueden traer consecuencias negativas por diversas circunstancias. La Tenedora de Acciones es quien controla las decisiones de los negocios operativos y, en ocasiones, conviene que se constituya un fideicomiso para la administración y protección de las referidas acciones.
Resumen
El repartir en vida la herencia es un albur que no siempre resulta bien para el negocio o para las finanzas del patriarca y de su cónyuge. Ceder la mayoría de las acciones de los negocios, es ceder el control. Son pocos lo casos en que se han repartido en vida las acciones de empresas familiares y que han tenido éxito.

Una empresa Tenedora de Acciones puede ser el vehículo ideal para el reparto de las acciones de los negocios familiares. Un fideicomiso de acciones puede brindar mayor protección a los descendientes.

2. [Familia] Participación minoritaria en acciones de empresas familiares


2. Participación minoritaria en acciones de empresas familiares
No hay discusión que cuando un accionista posee más del 51% de las acciones de la empresa, tiene el control y el poder. Cuando te invitan a participar invirtiendo en una empresa y te ofrecen un pequeño porcentaje de las acciones, antes de decidir, debes conocer que existe una marcada diferencia cuando la inversión es inferior al 25% del capital. De acuerdo con lo que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles, sólo con el 25% o más, el accionista tiene derecho a un lugar en el Consejo de Administración de la empresa y, además, a nombrar un Comisario Suplente.




Veamos, en primer término, un caso de éxito:
Un grupo de empresarios (no familiares) que eran amigos y compadres –incluso jugaban Dominó cada semana –se les ocurrió invertir en una fábrica, por cierto muy rentable y que se preocupaba más por repartir dividendos que por reinvertir en la empresa; cada accionista tenía una participación máxima del 12 por ciento.
La compañía creció y se cambió de domicilio, resultando un buen negocio inmobiliario ya que el inmueble que inicialmente compraron para establecer la fábrica, adquirió un importante valor, convirtiéndose en bodegas para renta.
Los accionistas fueron falleciendo y sus descendientes heredaron sus participaciones en el negocio. Actualmente son más de 100 accionistas en la empresa. Algunas familias han decidido establecer empresas Tenedoras de Acciones y un miembro de la familia acude al Consejo de Administración para representarlos.
Una de las principales razones del éxito de la empresa es haber contratado una administración profesional independiente que vigila los intereses de los accionistas y generalmente cumple con las metas de utilidades y reparto de dividendos. Dentro del Consejo de Administración existen diversos comités que funcionan perfectamente. Es un ejemplo a seguir, sobre todo cuando hay participación minoritaria, como el caso que nos ocupa.
En seguida comentaremos un caso problemático:
Tres hermanos exitosos iniciaron una empresa con igual participación accionaria. Con el paso de los años, el hermano mayor les compró un porcentaje a los demás accionistas, convirtiéndose en mayoritario (más del 51 %) y se constituyeron otras empresas en el grupo con el mismo porcentaje. El mayor de los hermanos fallece y hereda a sus hijos las acciones de los negocios en partes iguales.
La relación tíos-sobrinos fue buena mientras existieron utilidades en las empresas y reparto de dividendos.
Mientras que los tíos, por cuestiones de edad, requerían más dividendos, los sobrinos deseaban capitalizar los negocios y como tenían el control accionario, así lo hicieron por muchos años.
Cuando, por cuestiones comerciales, se llegaba a vender alguno de los negocios, el accionista mayoritario obtenía mayores beneficios económicos que los demás accionistas, pues cobraba una prima adicional por la venta de la mayoría de las acciones.
En épocas de vacas flacas, el accionista mayoritario suspendía las juntas de Consejo y los accionistas minoritarios tenían que esperar mucho tiempo para conocer los resultados de las empresas hasta la Asamblea General, en donde se aprueban los resultados del Ejercicio (abril de cada año).
Resumen
Poseer más del 51% de las acciones de la empresa conlleva a tener el control y el poder sobre la misma. Sólo con el 25% o más, el accionista tiene derecho a una silla en el Consejo de Administración y, además, a nombrar un Comisario Suplente.
Los accionistas minoritarios están sujetos a la voluntad del mayoritario, que puede definir si capitaliza utilidades o reparte dividendos. En ocasiones, una de las principales razones del éxito de la continuidad de una empresa, suele ser haber contratado una administración profesional independiente.

martes, 22 de febrero de 2011

Introducción


Plan Patrimonial - Introducción

Aún cuando aceptemos que cada familia y cada empresa son distintas, ¡todas sufren de la misma manera! Pero los humanos, tercamente, nos resistimos a aprender en cabeza ajena.
Este libro trata, de una manera ágil, breve y agradable, compartir un conocimiento adquirido en la práctica profesional. En base a casos que no están encadenados entre sí y se pueden leer en cualquier orden (recomiendo leerlos todos), de situaciones vividas por otros empresarios y cómo las enfrentaron. Sin mencionar los nombres reales de las personas, vemos que se repiten los errores de acciones u omisiones de los que podemos aprender a prevenir. Es probable que conozcamos un caso similar, quizás el nuestro. Nos invita a conocer más y a actuar al respecto para beneficio de aquello que decimos es lo más importante para nosotros: nuestra familia.
El empresario debe recordar que es muy difícil para muchos comprender, trabajar en o para una empresa familiar. Ello porque la empresa familiar es un conjunto de tres subsistemas que se traslapan, interactúan y se afectan entre sí con personas que a veces tienen 2 ó 3 roles (o funciones) dentro de este conjunto:
1)  La Familia. Uno o varios miembros de la(s) familia(s) pueden o no trabajar en la empresa; pero la familia muchas veces puede afectar a la empresa o a la actuación de sus empleados.
2)  Los Accionistas o socios.
Generalmente sólo alguien de la familia es accionista. Rara vez alguno de los accionistas puede no ser de la familia y cualquiera de ellos puede o no laborar en la empresa.
3)  La Administración o empleados de la empresa familiar. No todos los que trabajan en la misma son de la familia y no todos son accionistas de ésta.
Los empleados tienen que cuidar su interacción con los miembros de ésta porque, sean o no accionistas y trabajen o no en la empresa, pueden hacerlos perder su trabajo o complicarles el desarrollo de su servicio. Los factores, las personas y sus necesidades cambian constantemente con el tiempo; las personas crecen, maduran, aprenden y envejecen. Las empresas también crecen, se consolidan y desaparecen. Todo lo anterior complica cualquier análisis, obligándonos a revisar y adecuar periódicamente nuestros planes sobre la misma.
Para las empresas familiares no existen respuestas únicas ni soluciones correctas o incorrectas. Es responsabilidad de cada empresario informarse, leer, escuchar a otras personas, empresarios, profesionales y expertos; hacerse las preguntas adecuadas y buscar sus propias respuestas.
El patriarca no debe delegar a su cónyuge, hijos, un juez o a los abogados la responsabilidad de tomar las difíciles decisiones que casi siempre se difieren. ¿Quizá porque nos duele escoger entre nuestros hijos y soluciones y tenemos que hacerlo? Y en muchas ocasiones lo posponemos para un mañana que a veces nunca vemos, dado que no tenemos la seguridad de la vida.
El dueño debe tomar sus decisiones e implementar oportunamente las acciones para tratar de lograr o conservar la armonía en su familia y la continuidad de “su” empresa. Los invito a leer este libro y atreverse a:
¡Tomar sus decisiones ya!